Indecopi sancionó al bar Sargento Pimienta ¿estás a favor o en contra de la medida?

Artanis05

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La Comisión de Protección al Consumidor N.° 2 del Indecopi sancionó al bar Sargento Pimienta, ubicado en Barranco, por impedir de manera injustificada el ingreso de un consumidor y por no poner a su disposición el Libro de Reclamaciones cuando este lo solicitó.

De acuerdo con la resolución, el afectado acudió al establecimiento y fue advertido por el personal de seguridad de que debía desechar una bebida que llevaba consigo. Ante ello, decidió retirarse momentáneamente a una esquina cercana para terminarla; sin embargo, al regresar se le negó el acceso al local.

Uno de los aspectos más llamativos del caso fue que el establecimiento justificó la restricción señalando que se reservaba el derecho de admisión respecto de personas que consumieran bebidas alcohólicas en la vía pública, alegando una supuesta disposición de la Municipalidad de Barranco. No obstante, durante el procedimiento no se acreditó la existencia de una norma que respaldara dicha medida.

La Comisión también valoró un video presentado como prueba y concluyó que no existían evidencias de que el cliente se encontrara en estado de ebriedad, alterado o representara un riesgo para la seguridad del establecimiento. Por el contrario, se observó que mantenía una actitud tranquila mientras solicitaba explicaciones sobre la negativa de ingreso. Tras el incidente, el consumidor pidió el Libro de Reclamaciones para dejar constancia de lo sucedido. Sin embargo, según la resolución, el personal del local evitó entregárselo bajo el argumento de que no había realizado ningún consumo dentro del establecimiento.

Indecopi precisó que el derecho a acceder al Libro de Reclamaciones no está limitado a quienes hayan concretado una compra o consumo, sino que también alcanza a usuarios potenciales que resulten afectados en el marco de la oferta de bienes o servicios. Asimismo, descartó que el caso constituyera un acto de discriminación, al no encontrarse indicios de un trato diferenciado basado en categorías protegidas por la ley.

Por estos hechos, la Comisión impuso al establecimiento una multa total de 5,50 UIT: 3 UIT por impedir injustificadamente el ingreso del consumidor y 2,50 UIT por no facilitar el Libro de Reclamaciones. Además, ordenó capacitar a su personal sobre las condiciones legales para ejercer el derecho de admisión y evitar nuevas restricciones de acceso injustificadas.
 

pense por el titulo q los ivan a sansionar por usar el nombre de un disco de los bidols o algo asi
 
De todas maneras les jode un poco el negocio que haya hábiles que van a los bares solo a sentarse porque traen sus propias bebidas. En todo caso deberían cobrar entrada, o algo por el estilo.
 
Aunque este tipo se terminó su trago para poder entrar al bar porque claramente tenía intención de seguir bebiendo, de CONSUMIR su alcohol con sobreprecio.
 
Pues a favor, eso fue capricho del de seguridad nomás. Varias veces he ido y me he tomado mi mikes o tabernero en la lata en la misma entrada y no me han dicho nada.
 
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