Se trata de la Ley 32551, que modifica la Ley Universitaria en dos aspectos relacionados a los grados académicos que deben tener los catedráticos nombrados.
Congreso promulgó ley que permite a docentes nombrados sin maestría ni doctorado dictar clases en las universidades.
El Congreso de la República promulgó la Ley 32551, que modifica la Ley Universitaria y permite que docentes nombrados sin maestría ni doctorado continúen dictando clases en las universidades del país. La norma establece que aquellos catedráticos que ingresaron a la docencia bajo la antigua Ley 23733, derogada en 2014, no están obligados a cumplir con los grados académicos exigidos actualmente. Además, se amplía hasta el 30 de diciembre de 2026 el plazo de adecuación a los requisitos de la Ley 30220, que exige grados de maestro o doctor según el nivel de enseñanza, prolongando una serie de prórrogas que se han dado desde 2020.
La Ley Universitaria vigente señala que es obligatorio contar con grado de maestro para dictar en pregrado, maestro o doctor para maestrías y especializaciones, y doctor para programas de doctorado. Sin embargo, con esta nueva disposición, se mantiene la excepción para docentes antiguos, quienes podrán seguir enseñando con solo título profesional, como lo permitía la norma derogada. La ley fue publicada en el Diario Oficial El Peruano y lleva las firmas de Fernando Rospigliosi, presidente encargado del Congreso, y Waldemar Cerrón, segundo vicepresidente.
Congreso promulga ley que permite a docentes sin maestría ni doctorado dictar clases en universidades
Se trata de la Ley 32551, que modifica la Ley Universitaria en dos aspectos relacionados a los grados académicos que deben tener los catedráticos nombrados.