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Miembro de oro
La iniciativa es de la congresista Milagros Jáuregui de Aguayo (Renovación Popular).
La congresista Milagros Jáuregui de Aguayo (Renovación Popular) presentó el Proyecto de Ley N° 10342/2024-CR, que propone la “Ley que modifica el artículo 108-B del Código Penal adecuándolo al principio constitucional de igualdad ante la ley”.
La iniciativa tiene por objetivo modificar el artículo 108-B del Código Penal, reemplazando el delito de feminicidio por el delito de asesinato de la pareja, en concordancia con el principio constitucional de igualdad ante la ley de mujeres y hombres, evitando la discriminación por sexo.
La propuesta reemplaza el tipo penal de feminicidio que ahora pasará a llamarse delito de asesinato de la pareja, manteniendo los contextos en los cuales se produce el delito, pero sancionando con la misma pena cuando la víctima sea hombre o mujer.
No obstante, si concurren dos o más hechos agravantes la pena para el agresor será de cadena perpetua.
“El delito de feminicidio sanciona con hasta cadena perpetua al hombre que asesina a su pareja, sin embargo, este mismo delito no recibe la misma pena cuando la víctima es un hombre; lo que busca la propuesta es resestablecer la igualdad de sanciones por el mismo delito cometido, por ello hemos mantenido los contextos, agravantes y penas del tipo penal de feminicidio, sin embargo, ahora será aplicable tanto a los hombres como a las mujeres, basados en el principio constitucional de igualdad ante la ley y no discriminación”, señaló la autora de la iniciativa.
La congresista Milagros Jáuregui de Aguayo (Renovación Popular) presentó el Proyecto de Ley N° 10342/2024-CR, que propone la “Ley que modifica el artículo 108-B del Código Penal adecuándolo al principio constitucional de igualdad ante la ley”.
La iniciativa tiene por objetivo modificar el artículo 108-B del Código Penal, reemplazando el delito de feminicidio por el delito de asesinato de la pareja, en concordancia con el principio constitucional de igualdad ante la ley de mujeres y hombres, evitando la discriminación por sexo.
La propuesta reemplaza el tipo penal de feminicidio que ahora pasará a llamarse delito de asesinato de la pareja, manteniendo los contextos en los cuales se produce el delito, pero sancionando con la misma pena cuando la víctima sea hombre o mujer.
PENA DEL DELITO
De aprobarse la propuesta, la pena base del delito de asesinato de la pareja será de 20 años de prisión y de 30 años si concurren hechos agravantes como que la víctima sea menor de edad o adulto mayor, que haya existido previamente violación o actos de mutilación, que la víctima sufra alguna discapacidad, si un niño o adolescente estuviera presente al momento de la comisión del delito, entre otros.No obstante, si concurren dos o más hechos agravantes la pena para el agresor será de cadena perpetua.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En la exposición de motivos del proyecto se señala que el problema con el tipo penal de feminicidio es que hace diferencias en la ley al tratar de sancionar con mayores penas al homicidio realizado contra las mujeres, aplicable también para los casos de tentativa, frente al homicidio producido contra los hombres.“El delito de feminicidio sanciona con hasta cadena perpetua al hombre que asesina a su pareja, sin embargo, este mismo delito no recibe la misma pena cuando la víctima es un hombre; lo que busca la propuesta es resestablecer la igualdad de sanciones por el mismo delito cometido, por ello hemos mantenido los contextos, agravantes y penas del tipo penal de feminicidio, sin embargo, ahora será aplicable tanto a los hombres como a las mujeres, basados en el principio constitucional de igualdad ante la ley y no discriminación”, señaló la autora de la iniciativa.