Madre narra como disparo perdido de policía mató a su pequeño hijo en Huacho

Los tombos, como son imbéciles y tienen asco hasta de leer sus propios manuales operativos, disparó al suelo para disuadir cuando el disparo disuasorio es de última ratio y se disparó al aire.
 
Se llama daño colateral.
Eeuu también hace lo mismo cuando dispara sus metrallas a Irán
:peppojuice:
 
Tan bestias de disparar al suelo, acaso habia edificios podia disparar al aire. Poco disciplinados.
 
Ese tombo imbecil que necesidad habia de tener su arma en mano junto al otro efectivo han podido reducir a ese sujeto y llevarlo a la comisaria ante su negativa de identificarse y ahora con la ley de rospulgoso ellos mismos se quieren investigar jajaja primero q reformen ese entidad corrupta donde no hay meritocracia cualquier fumon apadrinado entra
 
A ese lo llevarán a ser juzgado por un juzgado común, no le toca fuero policial
es el fuero policial el que decide que es delito de funcion o no

Preferencia legal automática para el Fuero Militar: La ley amplía el concepto de "delito de función" y ordena expresamente que, si un efectivo en actividad comete un hecho investigado en el marco de estados de emergencia, patrullaje, control del orden interno o actos del servicio, la Sala Penal de la Corte Suprema está obligada a dar preferencia a la jurisdicción militar policial

y si el poder judicial le abre proceso , el fuero militar tambien puede abrirle proceso a ese policia y asi se archiva el proceso del poder judicial

El fin de los procesos paralelos: Si existía un juicio abierto en la justicia común (Poder Judicial) contra un policía o militar por estos hechos y no hay una sentencia firme, la ley dispone que los procesos ordinarios se archiven definitivamente si hay un proceso militar abierto por los mismos hechos
 
es el fuero policial el que decide que es delito de funcion o no

Preferencia legal automática para el Fuero Militar: La ley amplía el concepto de "delito de función" y ordena expresamente que, si un efectivo en actividad comete un hecho investigado en el marco de estados de emergencia, patrullaje, control del orden interno o actos del servicio, la Sala Penal de la Corte Suprema está obligada a dar preferencia a la jurisdicción militar policial

y si el poder judicial le abre proceso , el fuero militar tambien puede abrirle proceso a ese policia y asi se archiva el proceso del poder judicial

El fin de los procesos paralelos: Si existía un juicio abierto en la justicia común (Poder Judicial) contra un policía o militar por estos hechos y no hay una sentencia firme, la ley dispone que los procesos ordinarios se archiven definitivamente si hay un proceso militar abierto por los mismos hechos
No aplica porque el hecho se hizo antes de que se declare activa la ley

 
No aplica porque el hecho se hizo antes de que se declare activa la ley


te voy a poner lo que puse relampago
Osea que está reconociendo que si la ley entraba en vigencia unos días antes ese y los casos futuros los verá el fuero policial

la ley es retroactiva
te lo puse en el segundo parrafo

la aplicación de la Ley N° 32735 alcanza de forma retroactiva a los procesos penales en trámite
La norma dispone expresamente que los juicios e investigaciones que se sigan en la justicia común (Poder Judicial) contra policías o militares por hechos vinculados a sus funciones deben archivarse de manera definitiva si no cuentan con una sentencia firme, trasladando la competencia directamente al Fuero Militar Policial
Constitucionalmente, en materia procesal penal, las normas de competencia y sobre el desarrollo del proceso son de aplicación inmediata incluso para los casos antiguos que ya están en curso
 
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