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Gobierno restringe el derecho al voto a los peruanos que no tengan 3 vacunas

Soldieskereo9

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Zeffo
24 Jul 2020
De ser necesario, serán retirados del local de votación con el apoyo de las Fuerzas Armadas y la Policía”, señala el protocolo de la ONPE recientemente publicado.

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La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), ha publicado este 11 de mayo los protocolos que tendrán que cumplir los peruanos que vayan a votar este 7 de octubre del año en curso para elegir a las próximas autoridades distritales, provinciales y regionales.​

En ese sentido, la autoridad máxima encargada de organizar las elecciones, cumpliendo el DS N° 041-2022-PCM que dio el gobierno de Pedro Castillo, exigirá a los peruanos que vayan a sufragar, que tengan puestas sus tres vacunas contra la COVID-19 para que puedan ingresar a sus locales de votación, caso contrario, serán impedidos de ejercer su derecho ampayado en la Constitución Política del Perú.​

Al respecto, la carta magna peruana establece en el artículo 31, en el sexto párrafo, que, es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos. Por esta razón, la medida del gobierno de prohibir el voto a los no vacunos o a los que tengan menos de 3 dosis, sería una violación a sus legítimos derecho ampayado en la Ley de leyes.​

Protocolo de seguridad y prevención contra la covid-19 en el local de votación y espacios abiertos por la ONPE

6.4.2. Medidas antes del ingreso de personas al local de votación
Solicitar a la persona el DNI y el carné físico o virtual que acredite haber recibido su vacunación completa contra la COVID-19, primera, segunda y tercera dosis, en caso de no demostrar el documento se debe restringir su ingreso.​

Verificar que la persona use de forma correcta las dos mascarillas o una mascarilla KN95, la cual deberá cubrirle la nariz y boca, en caso de no usar adecuadamente las mascarillas se debe restringir su ingreso.​

Aplicar alcohol en gel (concentración al 70%) en manos, y permitir el ingreso al local.​

Nota: Deberá aplicarse según sea el caso de las disposiciones vigentes para los establecimientos con riesgo de aglomeración.​
Verificar que la persona use de forma obligatoria las dos mascarillas o una mascarilla KN95 durante toda su estadía, la misma que deberá cubrirle la nariz y boca, en caso de no usarlas se debe invitar a su retiro.​

De ser necesario, serán retirados del local de votación con el apoyo de las FF. AA. y/o PNP.​

Ciudadanos se manifiestan en contra de esta medida
Entre ellos el congresista de Renovación Popular, Alejandro Muñante. “Esta decisión constituye un atentado contra el derecho al voto de miles de peruanos. La #ONPE renunció a su deber de velar q se obtenga la fiel y libre expresión de la voluntad popular, excluyendo a miles de peruanos del ejercicio de su derecho a elegir a sus representantes”, escribió el legislador en su cuenta de Twitter.​


“ONPE incumple su obligación de aplicar control difuso respecto a una norma q viola derechos ciudadanos y q ha sido emitida contraviniendo criterios establecidos por TC (sent.954/2020), convirtiéndose en cómplice de violación sistemática de DDHH q este Gob. viene cometiendo”, agregó en el hilo de su publicación.​





Por su parte, el doctor Omar Neyra manifestó: “Inadmisible por parte de ONPE restringir del derecho al voto, cuál es el sustento científico para obligar a este fin? las vacunas no previenen contagio, si ENFERMEDAD el riesgo de CONTAGIO será el mismo para quienes tengan 2 , 3 o 4 dosis”.​



Capítulo III
De los derechos políticos y de los deberes

Artículo 31°. – Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley orgánica.​

Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación.​

Tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil. Para el ejercicio de este derecho se requiere estar inscrito en el registro correspondiente.​

El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años. Es facultativo después de esa edad.​

La ley establece los mecanismos para garantizar la neutralidad estatal durante los procesos electorales y de participación ciudadana.​

Es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos.(*)

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justo a puertas de entrar en las elecciones regionales y municipales. Suerte tengo ya las 3 pfizer , pero esta medida para mi que la revierten si va contra la Constitución
 
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RAKSON

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Tu casa
21 May 2021
También dijeron lo mismo de prohibir el ingreso a los lugares públicos.
Muchos se olviden que dentro de los derechos humanos , está el derecho a un ambiente saludable.
Este tipo de situaciones deben ser analizados de manera minuciosa.
 

Esdeath

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31 Oct 2020
No revisan QR así que facilmente pueden modificar su carnet poniendo 3 dosis y ya :cafe:
 

Soldieskereo9

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Zeffo
24 Jul 2020
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Asu y hace poquito tener las 2 dosis era estar protegido al 100 y querer al prójimo y bla bla

Esto probablemente lo revise el TC ya que en efecto va contra una parte de la constitución, y puede ser un problema mayor ya que mucha gente aún no se pone la tercera dosis ni se la quiere colocar (en los departamentos que no sean Lima sobre todo)

Screenshot-20220421-074729-155.png

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Por mi que sea Online mejor, las colas son más foco de contagio que cualquier cosa (en realidad aburre hacerlas :meow_nomivore:)
 

CarlosRP

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Algún lugar
3 May 2022
Esos progres asquerosos quieren manipular las elecciones otra vez, de seguro se aferrarán como la vez anterior que hicieron ir a los ancianos en la mañana para que se aburran y no voten -.-
 

Xilfe

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Desde que tengo uso de razón veo que la constitución solo sirve para envolver pescado, a nadie le importa lo que esté escrito en esa cosa. Al MINSA, a la ONPE; a la Defensoria del Pueblo, al congreso; al Tribunal Constitucional, a la prensa, etc. A todos les da lo mismo si esos decretos pisotean y se mean sobre la constitución. La constitución solo es un pretexto para joder al enemigo político, no sirve para otra cosa.
 

Surf

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Océano
23 May 2020
“De ser necesario, serán retirados del local de votación con el apoyo de las Fuerzas Armadas y la Policía”, señala el protocolo de la ONPE recientemente publicado.

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La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), ha publicado este 11 de mayo los protocolos que tendrán que cumplir los peruanos que vayan a votar este 7 de octubre del año en curso para elegir a las próximas autoridades distritales, provinciales y regionales.

En ese sentido, la autoridad máxima encargada de organizar las elecciones, cumpliendo el DS N° 041-2022-PCM que dio el gobierno de Pedro Castillo, exigirá a los peruanos que vayan a sufragar, que tengan puestas sus tres vacunas contra la COVID-19 para que puedan ingresar a sus locales de votación, caso contrario, serán impedidos de ejercer su derecho ampayado en la Constitución Política del Perú.

Al respecto, la carta magna peruana establece en el artículo 31, en el sexto párrafo, que, es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos. Por esta razón, la medida del gobierno de prohibir el voto a los no vacunos o a los que tengan menos de 3 dosis, sería una violación a sus legítimos derecho ampayado en la Ley de leyes.

Protocolo de seguridad y prevención contra la covid-19 en el local de votación y espacios abiertos por la ONPE

6.4.2. Medidas antes del ingreso de personas al local de votación

Solicitar a la persona el DNI y el carné físico o virtual que acredite haber recibido su vacunación completa contra la COVID-19, primera, segunda y tercera dosis, en caso de no demostrar el documento se debe restringir su ingreso.

Verificar que la persona use de forma correcta las dos mascarillas o una mascarilla KN95, la cual deberá cubrirle la nariz y boca, en caso de no usar adecuadamente las mascarillas se debe restringir su ingreso.

Aplicar alcohol en gel (concentración al 70%) en manos, y permitir el ingreso al local.

Nota: Deberá aplicarse según sea el caso de las disposiciones vigentes para los establecimientos con riesgo de aglomeración.

Verificar que la persona use de forma obligatoria las dos mascarillas o una mascarilla KN95 durante toda su estadía, la misma que deberá cubrirle la nariz y boca, en caso de no usarlas se debe invitar a su retiro.

De ser necesario, serán retirados del local de votación con el apoyo de las FF. AA. y/o PNP.

Ciudadanos se manifiestan en contra de esta medida
Entre ellos el congresista de Renovación Popular, Alejandro Muñante. “Esta decisión constituye un atentado contra el derecho al voto de miles de peruanos. La #ONPE renunció a su deber de velar q se obtenga la fiel y libre expresión de la voluntad popular, excluyendo a miles de peruanos del ejercicio de su derecho a elegir a sus representantes”, escribió el legislador en su cuenta de Twitter.

“ONPE incumple su obligación de aplicar control difuso respecto a una norma q viola derechos ciudadanos y q ha sido emitida contraviniendo criterios establecidos por TC (sent.954/2020), convirtiéndose en cómplice de violación sistemática de DDHH q este Gob. viene cometiendo”, agregó en el hilo de su publicación.







Por su parte, el doctor Omar Neyra manifestó: “Inadmisible por parte de ONPE restringir del derecho al voto, cuál es el sustento científico para obligar a este fin? las vacunas no previenen contagio, si ENFERMEDAD el riesgo de CONTAGIO será el mismo para quienes tengan 2 , 3 o 4 dosis”.




Capítulo III
De los derechos políticos y de los deberes

Artículo 31°. – Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley orgánica.

Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación.

Tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil. Para el ejercicio de este derecho se requiere estar inscrito en el registro correspondiente.

El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años. Es facultativo después de esa edad.

La ley establece los mecanismos para garantizar la neutralidad estatal durante los procesos electorales y de participación ciudadana.

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Tristar

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3 Nov 2020
Pero es para validar el carnet de vacunación fisico o van a homologar la base de datos del minsa para eliminar del padron a lo no vacunados? por que lo segundo seria lo mas efectivo pero vulnera muchos derechos, cualquier habeas corpus se lo baja :pepe_50:
 

Calinse

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11 May 2020
Si no quieren vacunarse... no lo hagan... es su derecho vivir en la ignorancia o la cobardía... pero no podrán gozar de los derechos de los que sí tenemos conciencia cívica y velamos por nuestra salud y de la sociedad...
 
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